*Con su aprobación, la reforma constitucional y la posterior Ley General consolidarán la Estrategia Nacional contra la Extorsión
/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a 1o de octubre de 2025.- Diputados y diputadas del Congreso
del Estado de Guerrero aprobaron el pasado 26 de septiembre las minutas de
decretos de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en materia de Extorsión y de ratificación de Grados Superiores de la
Guardia Nacional.
Dichas minutas, enviadas por el Senado de la República y la
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y dictaminadas por la Comisión de
Estudios Constitucionales y Jurídicos, refieren que se analizaron ampliamente
con base en el marco jurídico aplicable, verificando el cumplimiento de los
principios de constitucionalidad y legalidad, así como la homogeneidad en los
criterios normativos aplicables.
En lo que respecta a la minuta en materia de Extorsión, la
Comisión dictaminadora explica que cuenta con los elementos y cifras que lo
identifican, así como modalidades y situaciones que justifican la reforma
constitucional para otorgar facultades al Congreso de la Unión para la creación
de una Ley General que armonice, sistematice y homologue la acción para
combatir adecuadamente este delito.
La reforma modifica el inciso A de la fracción XXI del
artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia de Extorsión y establece como mínimo los tipos penales y sus sanciones
en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de
privación de la libertad contrarias a la ley, extorsión, trata de personas,
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como
delitos electorales.
La Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos refiere
que, con su aprobación, la reforma constitucional y la posterior Ley General
consolidarán la Estrategia Nacional contra la Extorsión, al fortalecer las
detenciones mediante investigación e inteligencia, la creación de Unidades
Antiextorsión, la atención a víctimas, la capacitación en manejo de crisis y la
implementación de campañas de prevención. Además, permitirá optimizar los
recursos del Estado mediante mecanismos homologados de investigación, capacitación
especializada, canales de denuncia y herramientas tecnológicas para
desarticular grupos delincuenciales.
En lo que respecta a la reforma a los artículos 76 y 78 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
Ratificación de Grados Superiores de la Guardia Nacional, la Comisión
Dictaminadora destaca la importancia de garantizar el principio de igualdad y
no discriminación, incorporando progresivamente lenguaje inclusivo en la
Constitución como una manera de visibilizar a todas las personas y fortalecer
el respeto a los derechos humanos.
Asimismo, se subraya que la consolidación de la Guardia
Nacional requiere mandos superiores profesionales, sujetos al escrutinio
público y a la ratificación del Senado o de la Comisión Permanente del
Congreso, lo que asegura legitimidad política, equilibrio entre su función
militar y su misión de proximidad social, y criterios basados en capacidad
profesional y confianza ciudadana.
Por lo anterior, la Comisión de Estudios Constitucionales y
Jurídicos coincide en que estas reformas fortalecen las atribuciones del Senado
y de la Comisión Permanente, garantizan la rendición de cuentas en materia de
seguridad democrática, consolidan a la Guardia Nacional bajo un marco de
legalidad y legitimidad y adaptan el marco legal a los retos contemporáneos en
seguridad pública.

