*Se garantiza que los pueblos indígenas y afromexicanos
tengan representación con voz real en los órganos que organizan las elecciones:
Catalina ApolinarLa Redacción/
Chilpancingo; Guerrero, a 17 de junio de 2026. — Para elevar a rango constitucional
los derechos político-electorales de los pueblos indígenas y afromexicanos, así
como dotar de mecanismos legales efectivos para hacerlos exigibles en la vida
pública de la entidad, la diputada Catalina Apolinar Santiago propuso reformas
a la Constitución Política y a la Ley de Reconocimiento, Derechos y Cultura de
los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, ambas del Estado de
Guerrero.
Durante la sesión de la Comisión Permanente de este
miércoles, al presentar sus propuestas, la legisladora refirió que estos
derechos no son nuevos, ya que se encuentran consagrados en la Constitución y
en los tratados internacionales; por ello, enfatizó que deben garantizarse en
la vida cotidiana de la Montaña, Costa Chica, Sierra y todas las regiones
indígenas y afromexicanas.
La legisladora detalló que, con la reforma constitucional al
artículo 125 y la adición del artículo 11 Bis, se establecen en el sistema
electoral principios como la interculturalidad, el pluralismo jurídico y la
paridad. Asimismo, se garantiza que los pueblos indígenas y afromexicanos
tengan representación con voz real en los órganos que organizan las elecciones.
Agregó que con la reforma a la Ley 701 se establecen
mecanismos concretos para hacer operativos estos derechos, avanzando hacia la
obligación legal de registrar candidatas y candidatos indígenas y afromexicanos
definidos desde sus propias asambleas, con paridad y legitimidad comunitaria.
Además, se estipula con claridad que en los municipios y
distritos donde la población indígena o afromexicana sea igual o superior al 40
por ciento, su representación será obligatoria no solo en las candidaturas,
sino también en los Consejos Distritales Electorales y en el Consejo General
del Instituto Electoral.
En ese sentido, la propuesta plantea asegurar el ejercicio
real de la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades
indígenas y afromexicanas en materia político-electoral, mediante sus sistemas
normativos propios y la garantía de la consulta previa, libre, informada,
culturalmente adecuada y de buena fe. También busca establecer garantías
normativas firmes, tales como acciones afirmativas obligatorias, paridad
intercultural y representación efectiva en órganos electorales, superando el modelo
declarativo y discrecional que históricamente ha excluido a estos pueblos.
Ambas iniciativas —la primera, por la que se reforma el
artículo 125 y se adiciona el artículo 11 Bis de la Constitución Política del
Estado de Guerrero; y la segunda, por la que se reforma la fracción VII y se
adicionan las fracciones IX y X, así como un último párrafo al artículo 26 de
la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades
Indígenas y Afromexicanas del Estado de Guerrero— fueron turnadas a las
comisiones de Estudios Constitucionales y Jurídicos, y de los Pueblos y Comunidades
Indígenas y Afromexicanos para su análisis y dictaminación.
INTERVENCIONES
La diputada Glafira Meraza Prudente, intervino sobre el Día
Mundial Contra el Trabajo Infantil. Sobre el mismo participaron la diputada
Leticia Rodríguez Armenta y el diputado Pánfilo Sánchez Almazán.
