*Plantea incorporar de manera expresa la edad mínima
requerida para ocupar los cargos de la presidencia municipal y la sindicatura/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a 07 de junio de 2026.- Con el propósito de otorgar mayor
certeza jurídica a los requisitos y a la edad mínima para ocupar cargos en los Ayuntamientos,
además de fortalecer el lenguaje incluyente en la Constitución Política del
Estado, el diputado Rafael Martínez Ramírez (Morena) propuso diversas reformas
a la Constitución Política del Estado de Guerrero.
El legislador informó que, derivado de la reforma aprobada
por el Congreso de la Unión a los artículos 55 y 91 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció la edad mínima de 18 años para
ejercer los cargos de diputada o diputado federal, así como de secretaria o
secretario de Estado. Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 6 de junio de 2023.
Señaló que, al armonizar esta disposición en el ámbito
estatal mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado, Edición 41 Alcance IV, de fecha 23 de mayo de 2025, se modificó el
artículo 46 de la Constitución Política del Estado de Guerrero en materia de
edad mínima para ser diputada o diputado local.
Explicó que, si bien la armonización se realizó respecto de
la edad mínima para ocupar una diputación local, estableciendo los 18 años
cumplidos al día de la elección, en el caso de los cargos de presidenta o
presidente municipal, así como de síndica o síndico procurador, la redacción
vigente del artículo 173 permite interpretar que continúa aplicándose la edad
mínima de 21 años cumplidos al día de la elección.
Por ello, la iniciativa plantea incorporar de manera expresa
la edad mínima requerida para ocupar los cargos de la presidencia municipal y
la sindicatura, a fin de evitar interpretaciones ambiguas y brindar mayor
certeza jurídica.
La iniciativa de reforma al nombre de la Sección I del Título
Sexto, así como a los artículos 71 y 173 de la Constitución Política del Estado
de Guerrero, fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos
para su análisis y dictaminación.
