Plantean reforma que protege los datos personales de migrantes

Redacción
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*Elementos de localización como nombre, procedencia y domicilio pueden representar riesgos si son divulgados sin controles adecuados: Gloria Villafuerte

La Redacción/


Chilpancingo; Guerrero, a 20 de septiembre de 2026.- Para garantizar la confidencialidad y protección de datos personales de las y los migrantes, la diputada Gloria Villafuerte Soto presentó una iniciativa de reforma al artículo 38 de la Ley 838 de Atención a los Migrantes del Estado de Guerrero.

La diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena explicó que su propuesta parte de que el artículo 38 vigente considera pública la información estadística y, al mismo tiempo, contempla la recopilación del nombre, procedencia, domicilio de origen y otros elementos que pudieran facilitar la ubicación de las personas migrantes o de sus familiares, lo que genera una contradicción, ya que esos datos que son elementos de localización, no constituyen información estadística y pueden representar riesgos cuando son divulgados o utilizados sin controles adecuados.

Por lo anterior, la reforma busca que se administre por separado la información estadística y los expedientes individuales o familiares derivados de la atención a las personas migrantes. Es decir, la información estadística podrá ser pública únicamente de manera agregada, disociada y no identificable, con el propósito de apoyar la planeación, presupuestación, evaluación y mejora de las políticas públicas en materia de movilidad humana.

Por otra parte, establece que los expedientes individuales o familiares tendrán carácter confidencial y deberán integrar los datos estrictamente necesarios para brindar, coordinar y dar seguimiento a los servicios solicitados, quedando su acceso limitado al personal autorizado, sin que la información pueda utilizarse para finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención.

La propuesta anticipa que la negativa de una persona a proporcionar datos que no sean indispensables, no podrá utilizarse para negar, retrasar o condicionar la atención a los servicios de las instituciones, ya que lo que se pretende es proteger la privacidad de las personas migrantes.

Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Atención a Migrantes para su respectivo análisis y dictaminación.

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