*Se busca proteger a las instituciones públicas frente a
presiones o intereses extranjeros: Araceli OcampoLa Redacción/
Chilpancingo; Guerrero, a 15 de septiembre de 2026.- Para garantizar la soberanía e
independencia institucional de la titularidad del Ejecutivo, exigiendo que
quienes aspiren al cargo no cuenten con una segunda nacionalidad, la diputada
Araceli Ocampo Manzanares presentó una iniciativa de reformas y adiciones a la
Constitución Política del Estado y la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales en materia de “requisito de nacionalidad”.
En su exposición de motivos, la legisladora por Morena
explicó que en México la soberanía se expresa en el ámbito federal, pero
también en el régimen interior de cada una de las entidades federativas, dentro
de las competencias que nuestra Constitución reconoce a cada orden de gobierno.
También mencionó que la soberanía representa la capacidad
institucional de la entidad para decidir su destino, administrar sus recursos y
proteger a su población sin injerencias externas. Por ello, consideró
indispensable que el orden jurídico determine con total claridad las
condiciones que debe cumplir quien aspire a conducir el gobierno estatal.
En ese sentido, aclaró que su iniciativa no busca juzgar
identidades ni cuestionar a quienes cuentan con doble nacionalidad por
cuestiones migratorias o familiares, sino proteger las instituciones públicas
frente a presiones o intereses extranjeros, alineando la legislación estatal al
marco que establece el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y la Ley de Nacionalidad.
La primera propuesta plantea modificar la fracción I del
artículo 75 de la Constitución Política local para establecer expresamente que,
para ocupar la gubernatura del estado, se requiere ser ciudadana o ciudadano
mexicano por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad.
Precisó, asimismo, que en caso de que otro país considere a
la persona como nacional suya, ésta deberá acreditar, antes del registro de su
candidatura, el Certificado de Nacionalidad Mexicana y la renuncia
correspondiente a la otra, mediante documento expedido por la Secretaría de
Relaciones Exteriores.
Respecto a la reforma y adición a diversas disposiciones de
la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales, se busca
convertir dicho precepto en una condición verificable, documentable y exigible
ante las autoridades electorales, normando los mecanismos de declaración, los
documentos a presentar y los procedimientos de validación correspondientes
durante el registro de candidaturas.
La diputada puntualizó que no basta con definir quién tiene
derecho a ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo, sino que resulta
indispensable normar los procedimientos de acreditación, las declaraciones
juradas, la documentación probatoria y las facultades de verificación del
órgano electoral.
Concluyó que debe ser el orden jurídico y la Constitución
local la que brinde plena certeza a las reglas de elegibilidad y proteja la
soberanía de las instituciones de la entidad federativa.
Las iniciativas fueron turnadas a las Comisiones Unidas de
Estudios Constitucionales y Jurídicos, y de Justicia, respectivamente, para su
análisis y dictaminación.
