*Los bienes e inmuebles que reciban en donación deben ser publicados en el Periódico Oficial de Guerrero o en la Gaceta Municipal y en el Registro Público de la propiedad
* Además, deberán llevar el control patrimonial de dichos bienes y no podrán cambiar el destino de los inmuebles que les sean otorgados
/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a 18 de abril de 2025.- La diputada Violeta Martínez Pacheco (Morena) presentó un punto de acuerdo para exhortar a los Ayuntamientos de Guerrero a dar certeza a los actos traslativos de dominio, derivados de donaciones y/o cesiones de derechos de inmuebles que reciban, debiendo anunciar el traslado del que se benefician y el fin que darán a los bienes, en cumplimiento del artículo 75 de la Ley Número 790 de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero.
En la propuesta que analizan las Comisiones Unidas de Hacienda y de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, la diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena explicó que el Artículo 75 de la ley en comento plasma que las donaciones y cesiones de derechos inmobiliarios destinadas a vía pública local, equipamientos y espacios públicos para el desarrollo y buen funcionamiento de los centros de población, en favor del Estado y de los municipios deben ser publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal y/o en dos diarios de mayor circulación local e inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado o en el catastro municipal, según corresponda.
Además, deberán llevar el control patrimonial de dichos bienes y no podrán cambiar el destino de los inmuebles que les sean otorgados, así como la obligación de asegurarse, previo a la expedición de las autorizaciones para el uso, edificación o aprovechamiento urbano, del cumplimiento de las leyes estatales y federales, así como de las normas para el uso, aprovechamiento y custodia del espacio público, en particular, las afectaciones y destinos para construcción de infraestructura vial, equipamientos y otros servicios de carácter urbano y metropolitano de carácter público.
Por otro lado, estas bases de procedimiento se reafirman en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al establecer que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme al marco legal vigente.
Por ello, la diputada Martínez Pacheco resaltó que es importante que los Ayuntamientos se apeguen a los lineamientos jurídicos y las reglas de operación para que den certeza a las donaciones y cesiones de derechos inmobiliarios que reciban, a fin de proteger su patrimonio, por lo que deberán inscribirse en el Registro Público de la Propiedad del Estado como parte de los actos traslativos de los bienes e inmuebles.