*La diputada Gloria Citlali Calixto plantea reformular el tipo penal de feminicidio acorde con el Código Penal Federal, a fin de que la investigación inicie por este delito
/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a 05 de septiembre de 2025.- La diputada Gloria Citlali Calixto
Jiménez propone reformas al Código Penal del Estado para establecer sanciones
más severas contra el feminicidio cuando las víctimas sean niñas, adolescentes,
embarazadas, mujeres indígenas, adultas mayores o con discapacidad, y endurece
las penas si el delito es cometido por servidores públicos o policías, además
se garantiza el principio del interés superior de la niñez para las víctimas
indirectas.
Al presentar la propuesta, que se analiza en la Comisión de
Justicia, la legisladora expuso que durante los últimos años el Congreso del
Estado ha aprobado reformas relevantes para la protección de la vida y los
derechos de las niñas, adolescentes y mujeres, y uno de esos temas es mejorar
la legislación sobre feminicidio en Guerrero.
La diputada recordó que la entidad está sujeta a una Alerta
de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en municipios con alto riesgo
histórico, y que existen reportes y recomendaciones que subrayan que la
violencia feminicida no puede medirse sólo por homicidios, sino que implica
patrones de control, desaparición, impunidad y fallas sistemáticas en la
investigación.
Por ello, añadió que la Alerta y los estudios de seguimiento
muestran que las medidas administrativas y operativas requieren respaldo
normativo más preciso, porque existen casos que muestran deficiencias en la
investigación, calificación jurídico-procesal y en la protección de familias
desde homicidios con presunción de feminicidio que tardaron en ser investigados
como tal, hasta víctimas cuyo acceso a medidas cautelares fue insuficiente para
evitar la repetición de la violencia.
En ese sentido, considera que el hecho de que Guerrero
mantenga medidas de AVGM en municipios específicos demuestra que la
problemática no es episódica sino estructural, por ello la propuesta incorpora
elementos que contribuyan a dar cumplimiento a la Alerta, como reformular el
tipo penal de feminicidio acorde con el Código Penal Federal, para que las
carpetas de investigación se inicien por este delito cuando ocurra por lo menos
uno de los supuestos que se prevén en el artículo 135 del Código Penal.
Además, se incluye como supuesto la existencia de una
relación sentimental o afectiva entre el sujeto activo del delito y la víctima,
para evitar que pueda evadir la justicia argumentando que no existía una
relación matrimonial o de pareja entre el presunto feminicida y la víctima; y
el supuesto de que el sujeto activo haya sometido a la víctima a explotación de
tipo laboral.
También se establece expresamente que las autoridades no podrán excusarse de la investigación de este delito por considerarlo violencia en el ámbito familiar, y que cuando existan niñas, niños o adolescentes como víctimas indirectas del feminicidio, las instancias de procuración y administración de justicia deberán considerar el principio del interés superior de la niñez en todas las etapas procesales.