*El objetivo es fortalecer y actualizar las atribuciones de los ayuntamientos: Rafael Martínez
/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a13 de febrero de 2026.- El diputado Rafael Martínez Ramírez,
propuso reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado
de Guerrero, para contemplar de manera textual en este ordenamiento los
derechos de las mujeres, la igualdad sustantiva y reiterar la erradicación de
la discriminación en el ámbito municipal.
En la iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Asuntos
Políticos y Gobernación, el legislador por Morena señala que el objetivo es
fortalecer y actualizar las atribuciones de los ayuntamientos, dotándolos de
una mayor claridad normativa y eficacia en el ejercicio de sus funciones.
Agregó que, debe considerarse el lenguaje incluyente y no
sexista, para visibilizar y nombrar los derechos de las mujeres; por ello,
propone reformar diversos artículos de la ley para contar con una redacción
que, desde su lectura, contemple y visualice a las mujeres en los cargos de
toma de decisiones en los ayuntamientos.
De este modo, propone reformar los artículos 7; 8; 11; 32;
40; 45; 47; 57; 68 fracción I; 69 QUATER fracciones III, V, XI, XII, XIII, XIV;
70 fracciones V, VI, VII, VIII, IX; del Título Segundo la denominación del
Capítulo VI; 72; 75; 76; del Título Segundo la denominación del Capítulo VII;
77 fracciones III, V, XIII, XV, XVII, XXIII, XXV, XXVI, XXVII; del Título
Segundo denominación del Capítulo VIII; 79; 80 primer párrafo; del Título
Tercero la denominación del Capítulo I; 96, 97; 98 fracciones VI, IX, X; 99;
del Título Tercero la denominación del Capítulo II; 100; 101; 102; 103; 106
primer párrafo, fracciones III, VII, XVIII; 111; 112; del Título Séptimo,
denominación del Capítulo VII BIS; 224A; 224B primer párrafo; 224C; del Título
Séptimo la denominación del Capítulo XI; 239; 240; 241; 241 B; 241 E; y se
deroga la fracción XVIII del artículo 77, de la Ley Orgánica del Municipio
Libre del Estado de Guerrero.
Reformas a la Ley para las Personas con Discapacidad
El legislador también presentó una iniciativa de reforma al
párrafo primero y la fracción II del artículo 3 de la Ley para las Personas con
Discapacidad del Estado de Guerrero, para armonizar el marco jurídico
garantizando su inclusión, reconocimiento y protección conforme a los
principios constitucionales y convencionales vigentes.
Por eso, propuso establecer en el artículo 3 que: Persona con
discapacidad es aquella que, a consecuencia de la presencia de una deficiencia
o limitación física, al interactuar con las barreras que le impone el entorno
social, ve impedida su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad
de condiciones con los demás.
Asimismo, en la fracción II, propone que Discapacidad es un
concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, y
las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Atención a las
Personas con Discapacidad para su análisis y emisión del dictamen
correspondiente.

