*En México, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia
*Muchas veces, estos casos se
convierten en violencia económica o, en violencia vicaria, por lo que es
necesaria su erradicación
/La Redacción
Chilpancingo; Guerrero, a 12 de
mayo de 2025.- La diputada Luissana Ramos Pineda (Morena) presentó una
iniciativa de modificación al artículo 205 del Código Penal del Estado de
Guerrero para que las personas que incumplan con su obligación alimentaria por
más de treinta días, sean inscritas en el Registro Estatal de Deudores
Alimentarios Morosos (REDAM), y que su cancelación proceda solo cuando se
repare el daño, protegiendo el interés superior de la niñez y el desarrollo
integral de las personas acreedoras alimentarias. Fue turnada a la Comisión de
Justicia.
El propósito es que los jueces
penales tengan la facultad de ordenar la inscripción de los deudores de
alimentos en el Padrón de Deudores Alimentarios, como ya lo prevé el Código
Civil, y que esto también se aplique en los procesos penales por el delito de
incumplimiento de la obligación.
En la iniciativa que analiza la
Comisión de Justicia, la legisladora expuso el jueves pasado, que la obligación
alimentaria es una de las principales responsabilidades familiares y que deben
cubrir las necesidades esenciales para la vida, alimentación, vivienda,
vestido, educación, salud, esparcimiento y cultura.
Mencionó que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia y según el nuevo Registro Nacional de Deudores Alimentarios, en México siete de cada diez padres no cumplen con sus obligaciones alimentarias.
Dijo que cada día que se posterga
el incumplimiento de esta obligación es un día en que estos derechos se
vulneran, por eso, al dotar de facultades a los jueces de control y
enjuiciamiento para ordenar el ingreso al Padrón de Deudores Alimentarios no es
un acto punitivo sin sentido, es un acto de protección hacia todos los
acreedores alimentarios.
La diputada recordó que el marco
legal actual permite que quien incumple con su obligación alimentaria pueda
mantenerse fuera de este registro durante un plazo de 30 días, lo que en muchos
casos prolonga el sufrimiento de niñas, niños y adolescentes.
Pero esta reforma implica la
necesidad judicial de generar acciones de protección especial a los acreedores
alimentarios, porque estos casos a veces se convierten en lo que se considera
violencia económica, y en muchos casos violencia vicaria, por lo que es
necesario su erradicación.
Por estas razones, Ramos Pineda propuso la modificación al delito del Incumplimiento de la Obligación alimentaria, previsto en el artículo 205 del Código Penal del Estado de Guerrero, facultando a los Jueces de control y enjuiciamiento Penal para que ordenen que los deudores Alimentarios que deban más de 30 días de pensión alimenticia, sean Inscritos al Registro Estatal de deudores Alimentarios Morosos (REDAM), endureciendo las penas y garantizando una eficaz medida para el cumplimiento del pago de los alimentos a las niñas, niños, adolescentes y mujeres, quienes son el sector más vulnerable de este delito. La diputada Marisol Bazán Fernández se adhirió a la iniciativa. Fue turnada a la Comisión de Justicia.